lunes, 28 de diciembre de 2009

Gobierno promulgó reforma que sanciona dosis personal de drogas y prohibe porte de dosis mínima

El presidente Álvaro Uribe promulgó el acto legislativo n° 02 del 21 de diciembre de 2009, con el cual se prohíbe el porte y consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y se establece atención médica para los adictos.

Así se Establecen acciones preventivas y de rehabilitación para las personas que consuman sustancias prohibidas.

Este acto legislativo, aprobado por el congreso el pasado 9 de diciembre, también ordena al estado dedicar especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia, para fortalecerla en valores y en principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad.

Con fines preventivos y rehabilitadores, esta reforma constitucional también ordena que la ley fije medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario