martes, 20 de octubre de 2009

Preguntas Frecuentes, de la Inscripcion de Cedulas.

De la Registraduría Nacional del Estado Civil

1.¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
 
2.¿Cuándo y dónde habrá inscripción de cédulas?
Entre el lunes 19 de octubre y el viernes 23 de octubre, el horario de inscripción cédulas será de 8:00 a 5:00 pm en jornada continua, en todas las Registradurías Especiales, Municipales y Auxiliares del país. El sábado 24 de octubre, el horario de inscripción de las cédulas será de 10 am a 6 pm en todas las sedes de la Registraduría en el país. Entre el lunes 26 de octubre y el lunes festivo 2 de noviembre, la inscripción de cédulas se realizará en 9.975 puestos de votación ubicados en municipios, corregimientos e inspecciones de policía, entre las 10:00 am y las 6:00 pm, incluyendo sábados, domingos y festivos. Adicionalmente, entre el 19 de octubre y el 2 de noviembre también habrá inscripción de cédulas en los 180 consulados de Colombia en el exterior.
 
3.¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
 
4.¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
 
5.¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
 
6.¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
 
7.¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
 
8.¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mi, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
 
9.¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
 
10.¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario